Interpretación del Documento Descrito


  • 1. La república es un figura jurídica que los españoles recibieron de la tradición romana, y que tiene en el centro lo que significa; esto es la Res – pública o la atención de la cosa publica, la atención de los asuntos de la comunidad.

    Como una manera de descargar en la comunidad, el enorme peso que implicaba para la Corona Española la administración de bienes y personas, inventa la República de Indios que se encarga del gobierno de esos pueblos, ha de decirse que se tenia buen cuidado de que los recaudadores del tributo colonial funcionaran de acuerdo con los intereses coloniales.

    Sin embargo los pueblos le imprimieron a las Republicas de Indios, su propia proyección, este ejemplo que estamos poniendo en este momento de San Juan Guelavía es una muestra clara de esta apropiación que los pueblos hicieron de esta institución colonial.

    2. La figura del alcalde, era la autoridad máxima de la República, como ahora es de los municipios el Presidente Municipal Constitucional, porque precisamente la Institución moderna del municipio heredo por decirlo de esta manera, la Institución de la República, por esto es un antecedente histórico inmediato, y que muchos rasgos, de aquel persisten en el actual, después del transcurso de los siglos.
    La Institución del alcalde se enmarca dentro de lo que es el Juzgado Único Constitucional y sigue teniendo importancia, para la cuestión de litigios internos de tierras, solares o en la sub sanación de conflictos familiares, ocupando el cargo de juez menor.

    3. La figura del regidor permanece hasta la fecha, aunque ahora su numero ha crecido, por el incremento mismo de la población y sus necesidades.

    4. El escribano, viene siendo un equivalente del Secretario Municipal, que debido a los problemas de acceso a la escolarización eran muy escasos, aquí aparecen dos que son Manuel de la Cruz García y José Mariano García, José Mariano García, fungió por muchos años como escribano y aquí a lo largo del documento se le menciona en repetidas ocasiones.
    Manuel de la Cruz es el Secretario formal en ese momento.

    5. Existía un ato importante de ganado mayor destinado a la venta a los propios individuos de la comunidad y que representaba un ingreso para la población, estas vacas estaban a cargo de la República, para los gastos de la misma, los terrenos de pastoreo de este ganado, eran también del común, para cuidarlos existían los guardamontes, que eran lo que ahora llamamos los “charros” o policías diurnos.



    6. Salinas

    Las salinas de la población, no solo eran administradas por la República, en este año o en este tiempo o periodo sino que el carácter de toda la tierra era de tipo comunal, y desde luego la extensión de los salitrales era mucho mayor, debido a que los desbordamientos del Río Salado, abarcaban un espacio mayor, esta humedad sacaba a flote por capilaridad la sal que se recogía sobre el suelo.

    Esta tierra salitrosa era la que se lotificaba y se daba en arriendo o alquiler a los pueblos vecinos, sin embargo para los habitantes oriundos la explotación de la sal estaba abierta para todos, no había un registro de pagos que se hiciera, pero, para todos los habitantes, había una contribución que era aparentemente voluntaria como se puede apreciar en el documento, que tenían que aportar para los gastos del pueblo.
    Esto mismo sucedía con el uso de monte, que tenia un uso abierto que como ya vimos el suelo era comunal para la gente de la misma población, sin embargo para los pueblos vecinos, la leña o el monte se vendía para los mismas necesidades monetarizadas de la población, dueña del recurso.
    Por esto menciona la saca de espinos principalmente por gente de los pueblos vecinos, y los que llevaban el control, eran autoridades de la República.

    7. El retablo dedicado a San Juan Bautista se termino de construir en este tiempo, mientras que el cuerpo de la iglesia en lo que refiere a si cimentación y muros, hacia 1560 ya estaba concluido y el techo era de palma, así aparece en un mapa de Macuilxóchitl, en las Relaciones Geográficas de Felipe II, entonces Guelavía aparecía como San Juan Apasco, cuyo significado en nahuatl es muy parecido, “lugar donde el agua esta como en apaxtle”. Ó sea una laguna.